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Milei eliminó los subsidios para los pasajes de larga distancia de personas con discapacidad, transplantados y niños con cáncer

El Gobierno nacional eliminó los subsidios a los pasajes de larga distancia para personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos. A través de la Resol. 28/2026, el Estado retira el financiamiento y traslada el costo a las empresas.

Por Redacción

Martes, 26 de mayo de 2026 a las 16:25

La política de desregulación y recorte de fondos públicos por parte de la administración central suma un nuevo capítulo que impacta de manera directa en el acceso a la conectividad de los sectores más vulnerables del interior del país. Durante las últimas horas se confirmó que el Gobierno de Javier Milei eliminó el régimen de compensaciones económicas que se le abonaba a las empresas de transporte de larga distancia para cubrir los pasajes gratuitos de personas con discapacidad y otros grupos alcanzados por la normativa.

La medida se formalizó a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este martes 26 de mayo en el Boletín Oficial. Mediante este instrumento legal, el Ejecutivo nacional dejó "sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional" por los boletos sin cargo, trasladando los costos operativos de una obligación social y de salud pública directamente al sector privado en un contexto de desregulación tarifaria.

Alcance del régimen eliminado y los sectores afectados

El mecanismo de financiamiento que quedó desmantelado por la nueva disposición de la Secretaría de Transporte funcionaba como un soporte estatal para garantizar el traslado interjurisdiccional de personas que requieren tratamientos médicos o asistencia especial fuera de sus localidades de residencia, una realidad recurrente para los habitantes de Entre Ríos que deben trasladarse a centros de mayor complejidad.

El régimen de subsidios alcanzaba a los servicios de transporte de larga distancia y contemplaba un pago parcial por parte del Estado nacional de las butacas sin cargo que las compañías debían otorgar por ley a los siguientes grupos:

  • Personas con discapacidad.

  • Personas trasplantadas o en lista de espera de órganos.

  • Niños, niñas y adolescentes con cáncer bajo tratamiento oncológico.

Sin compensaciones oficiales, el Gobierno delega el costo en las empresas

A pesar de la quita del aporte financiero estatal, el texto oficial de la Resolución 28/2026 compartido este martes aclaró que los derechos consagrados por las leyes nacionales de protección social no se modifican formalmente. La normativa afirma que la decisión tomada "no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad", la cual permanece "plenamente vigente y exigible" para todos los usuarios contemplados en los padrones correspondientes.

Bajo este nuevo escenario administrativo, las empresas de transporte de larga distancia tendrán la obligación legal de continuar otorgando los boletos gratuitos a los beneficiarios del sistema, con la diferencia fundamental de que ya no recibirán ningún tipo de contraprestación o compensación económica por parte del Estado nacional por dichas plazas ocupadas en sus unidades.

Desregulación tarifaria y fiscalización en el transporte interjurisdiccional

La justificación técnica de la quita de subsidios se asienta sobre las modificaciones estructurales introducidas previamente por la gestión nacional en el mercado aerocomercial y de transporte terrestre. La normativa recordó que, tras la publicación del Decreto 883/2024, los transportistas ya cuentan con la facultad de "determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios", eliminando las bandas tarifarias obligatorias.

Desde la perspectiva de las autoridades nacionales, el régimen previo había sido creado en un contexto de intervención estatal en tarifas para "mitigar los desequilibrios económicos" de las prestatarias. Al haberse liberado el mercado de transporte terrestre, el texto de la resolución asegura de forma tajante que "la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada", concluyendo que resulta "innecesaria" la continuidad del esquema de asistencia previo.

Frente al panorama de incertidumbre que se abre para los usuarios entrerrianos respecto a la disponibilidad efectiva de asientos en las boleterías de las terminales, la resolución ministerial delegó en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la responsabilidad institucional de fiscalizar el mercado para garantizar "el efectivo cumplimiento de las obligaciones" de gratuidad por parte de las firmas privadas, en un marco donde el retiro del financiamiento público tensa la prestación del servicio.