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Reforma Previsional: El Senado fijó el cronograma de comisiones para debatir la ley de emergencia y el aumento de la edad jubilatoria

El Senado entrerriano fijó el cronograma para debatir el proyecto de ley de Reforma Previsional. El Ejecutivo fundamenta el ajuste por el déficit de la Caja de Jubilaciones, mientras se proyecta la declaración de la emergencia y el aumento de la edad jubilatoria.

Por Redacción

Miércoles, 03 de junio de 2026 a las 14:30

 

En el marco de una avanzada legislativa clave para la administración provincial, la Cámara de Senadores de Entre Ríos comenzó formalmente el tratamiento en comisión del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, denominado “Restauración del Equilibrio y Fortalecimiento del Sistema Previsional”. Durante las reuniones de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, y de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, el oficialismo y la oposición delinearon una agenda de debate que prevé la convocatoria de una veintena de sectores gremiales, políticos y técnicos a lo largo de todo el mes de junio para analizar las profundas modificaciones propuestas sobre el régimen de pasividades.

El senador Vergara propuso acordar la metodología de trabajo y un cronograma para escuchar a sectores involucrados en el proyecto de ley. Por su parte el senador Cosso, adhirió en que la idea es invitar a los actores involucrados y escuchar en un marco ordenado, para que sea un debate sano y prolijo.

Declaración de emergencia, aportes solidarios y cambios en las condiciones jubilatorias

El eje central de las medidas legislativas de necesaria implementación radica en la declaración de la emergencia previsional en el ámbito de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, lo que introduce modificaciones de fondo a la histórica Ley Provincial N° 8.732. En el Título 1 del articulado, se establece este estado de emergencia económica y financiera con carácter de orden público hasta el 31 de diciembre de 2027, con opción de prórroga para el Poder Ejecutivo. Esta normativa alcanzará a los tres poderes del Estado provincial, entes descentralizados, autárquicos, empresas estatales, comunas y municipios adheridos.

Entre los principales mecanismos de financiamiento inmediato, la ley dispone la creación de un aporte personal extraordinario adicional para los trabajadores activos que perciban salarios brutos superiores a los $3.000.000. La escala estipula que, por cada millón de pesos que exceda dicho piso, se sumará un punto porcentual extra de aporte, fijando un tope del 8% para los sueldos que alcancen los 16 millones de pesos. En sintonía, se incrementará de manera excepcional un 3% las contribuciones patronales a cargo del Estado.

Sin embargo, el impacto estructural a largo plazo se localiza en las modificaciones a los requisitos de acceso al beneficio jubilatorio. En el artículo 18 se establece que tendrán derecho a la jubilación ordinaria común los afiliados que:

  • Edad biológica: Hubieran cumplido sesenta y cinco (65) años de edad.

  • Años de servicio: Acrediten treinta y cinco (35) años de servicios computables en uno o más regímenes comprendidos en el Sistema de Reciprocidad Jubilatoria.

Asimismo, la reforma endurece las condiciones para los futuros ingresantes al mercado laboral del sector público entrerriano: la edad jubilatoria para aquellos afiliados que comiencen a aportar al sistema previsional provincial con posterioridad a la entrada de vigencia de la ley, será de sesenta y ochenta (68) años.

Respecto al cálculo del haber inicial para la jubilación ordinaria, el proyecto estipula que el beneficio será equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) del promedio actualizado de las últimas doscientas cuarenta (240) remuneraciones mensuales brutas y sujetas a aportes que se hubieren efectuado al momento de la cesación en el servicio. Esto implica extender la base de cálculo a los últimos 20 años de aportes.

Finalmente, el Título 3 regula las normas transitorias para la aplicación de la edad requerida. El texto fija que la nueva edad obligatoria comenzará a regir una vez transcurridos cinco (5) años desde la vigencia de la ley. A partir de allí, el incremento será escalonado a razón de seis (6) meses por cada año calendario hasta consolidar los 65 años de edad, mientras que los años de servicio requeridos aumentarán a un ritmo de un año de aportes por cada dos años calendarios hasta llegar al mínimo de 35 años de servicios.

El cronograma de la discusión parlamentaria

La ronda de consultas coordinada por las comisiones del Senado entrerriano se iniciará formalmente el próximo 10 de junio. En esa primera jornada, se convocará al titular de la Caja de Jubilaciones, Gastón Bagnat, junto al ministro de Hacienda y Finanzas, Fabián Boleas, para brindar precisiones técnicas sobre el impacto fiscal de las reformas.

En las semanas subsiguientes, el Senado recibirá a los representantes de las organizaciones sindicales de la educación como la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER), la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET), la Unión Docentes Argentinos (UDA) y el Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP). También expondrán sus posiciones los gremios de la administración pública y sectores civiles como la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), la Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER), la Asociación del Personal Legislativo de Entre Ríos (APLER), la Federación Entrerriana de Sindicatos de Trabajadores Municipales (Festram), y el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (Suoyem).

El cronograma incluirá las posturas de la Asociación de la Magistratura, el Colegio de la Abogacía, la Federación de Jubilados y Pensionados, la Liga de Intendentes del Vecinalismo, bloques políticos de Juntos por Entre Ríos y el Partido Justicialista, además de ex presidentes de la Caja y especialistas en derecho previsional, constitucional y financiero.